La Corte frena cobros abusivos en Ayuntamiento de Tulum

5

La última palabra

– El Poder Judicial federal declara inconstitucional Decreto recaudatorio de la 17ª Legislatura, con sentencia del 4 de julio de 2025.

– El recurso lo interpuso la CNDH contra el cobro por la búsqueda de documentos en Registro Civil de Tulum; el acceso a la información debe ser gratuito.

Por Jorge A. Martínez Lugo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional las disposiciones de la Ley de Hacienda del Municipio de Tulum, relativas al cobro por la búsqueda de documentos en el Registro Civil, establecidas en la reforma aprobada por la 17ª Legislatura mediante el Decreto 020 publicado en el Periódico Oficial del Estado el 19 de diciembre de 2022.

Mediante la sentencia dictada por el Tribunal Pleno de la SCJN en la Acción de Inconstitucionalidad 20/2023, se declara la invalidez de dichas disposiciones recaudatorias, al considerar que la acción jurídica fue promovida de manera oportuna por un órgano legitimado como es la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

La acción de inconstitucionalidad de la CNDH fue impugnada por la Consejería Jurídica del Ejecutivo estatal, que alegaba que el Decreto fue publicado conforme a sus atribuciones y que no contraviene la Constitución general de la república, lo cual fue desestimado por la SCJN al dictaminar que “las disposiciones que regulan el cobro por la reproducción de información en copia simple, videocinta y disco compacto, entregada por los sujetos obligados en materia de transparencia, contravienen el derecho de acceso a la información y vulneran el principio de proporcionalidad tributaria”.

REFORMA LEGISLATIVA VERDE

Dichas reformas con pleno enfoque recaudatorio fueron aprobadas el 7 de diciembre de 2022 por las comisiones de Hacienda, Presupuesto y Cuenta presidida por Renán Sánchez Tajonar (Verde) y la de Asuntos Municipales presidida por Cristina Alcérreca Manzanero (Verde), a pesar que contravienen la Constitución y vulneran los derechos humanos de acceso a la información pública.

La declaratoria establece: “Se declara la invalidez de los artículos 74, fracción V, inciso n); y 138 de la Ley de Hacienda del Municipio de Tulum, Estado de Quintana Roo, expedida mediante Decreto 020, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el diecinueve de diciembre de dos mil veintidós”.

Lo que no está claro si estas reformas también fueron incorporadas a otros municipios y en su caso, si esta sentencia es vinculante, por lo que también se echarían atrás las reformas.

Este palo que reciben el Congreso del Estado y la Consejería Jurídica de la CNDH se suma a las sentencias de la SCJN con respecto a la Ley de Expropiación y a la Ley de Movilidad, lo cual ya se está haciendo costumbre en las legislaturas dominadas por el color verde, que tienen en común, que son reformas con fines recaudatorios. Usted tiene la última palabra.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *