Declaran a presidente del Teqroo impedido para resolver sobre nulidad de la elección judicial

3

Por Francisco Hernández

CHETUMAL.- En una sesión donde no participó, el magistrado presidente del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), Sergio Avilés Demeneghi, fue declarado impedido para atender y resolver los juicios de nulidad presentados contra los resultados y ganadores de la elección del Poder Judicial del Estado, por tener interés personal en el asunto al ser juezas electas su esposa y su hermana.

La resolución se emitió en un acuerdo aprobado de manera unánime por las magistradas electorales Thalía Hernández Robledo y Claudia Ávila Graham, así como por la magistrada en funciones Maogany Crystel Acopa Contreras, quien como secretaria general de Acuerdos fue encargada de suplir a Avilés Demeneghi en esta sesión.

El impedimento derivó de dos incidentes relacionados con el primer juicio de nulidad contra los resultados de la elección judicial, presentados por Adrián Armando Pacheco Salazar, excandidato a magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), quien luego de la sesión indicó que esta resolución confirma también que la elección estuvo viciada de origen, porque a pesar de encontrarse en la misma condición de conflicto de interés, porque sus familiares eran candidatas, Sergio Avilés Demeneghi encabezó la emisión de las sentencias de modificaron las boletas y obligaron a votar por lista o bloque completo de candidatos en lugar de por personas en lo individual.

El incidente de recusación que promovió Pacheco Salazar, marcado con la clave CI-7/C-017-2025/2025, fue resuelto de manera acumulada con el incidente de excusa clave CI-8/C-017-2025/2025, que posteriormente a esta petición presentó Avilés Demeneghi, reconociendo que se encontraba hasta en tres supuestos de impedimento para participar en la resolución de los juicios de nulidad debido a su parentesco con dos candidatas electas.

Sobre la recusación de Adrián Armando Pacheco Salazar, el Teqroo declaró que presentó una impugnación contra la totalidad de la elección en la etapa de declaración de validez, por lo que pidió que se declarara impedido Sergio Avilés Demeneghi de conocer y resolver el juicio de nulidad, porque su esposa, Rosalba Maribel Guevara Romero, y su hermana, Deyliana Avilés Demeneghi, resultaron juezas electas.

Respecto a la excusa posterior presentada por el magistrado electoral presidente, se expuso que planteó que debido a que la impugnación pretende anular toda la elección y en ella resultaron electas a juezas sus dos familiares, resultaba material y razonablemente imposible analizar previamente los agravios expuestos en la demanda sin prejuzgar el fondo de la controversia.

Las magistradas del Teqroo también valoraron que el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) emitió en un mismo acuerdo la declaración de validez y asignación de todos los cargos electos en la elección del Poder Judicial del Estado, en lugar de acuerdos separados para magistraturas del TSJE, magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial y juezas y jueces de primera instancia, por lo que efectivamente en su contenido aparecen enlistadas las dos familiares de Avilés Demeneghi como juezas electas.

El acuerdo del Teqroo resolvió que son fundadas la recusación y la excusa, y declaró a Sergio Avilés Demeneghi impedido para participar en la atención de los juicios de nulidad contra la elección judicial, porque se encuentra en el impedimento señalado en la fracción III del artículo 217 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del estado y el artículo 42 de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral, por existir un interés por parte de su cónyuge o cualquier pariente consanguíneo en línea recta sin limitación de grado, o colateral dentro del cuarto grado, o por afinidad dentro del segundo.

Este impedimento se declaró “en aras de asegurar que la decisión judicial que se dicte no se vea afectada de objetividad, certeza e imparcialidad”, afirma el acuerdo aprobado por unanimidad de las magistradas.

Como efecto, se instruyó que la secretaria general de Acuerdos del Teqroo, Maogany Crystel Acopa Contreras, se integre al pleno del tribunal como magistrada en funciones para suplir a Sergio Avilés Demeneghi cuando se realice la resolución de los juicios de nulidad.

Respecto a esta sentencia, el excandidato Adrián Armando Pacheco Salazar advirtió que aunque las magistradas confirmaron el impedimento y el propio magistrado presidente se excusó, él ya había participado previamente en la misma condición de conflicto de interés en la resolución de una impugnación que modificó las boletas de la elección local y una aclaración de sentencia que dispuso la votación por lista o bloque en lugar de personas.

Manifestó que, por esta causa, la actual declaratoria confirma también que están viciadas de origen las resoluciones que cambiaron la forma de votación en Quintana Roo, porque Sergio Avilés Demeneghi participó ilegalmente, ya que sus familiares eran candidatas en las listas de los tres poderes, y advirtió que eso está incluido como parte de los agravios para la nulidad de la elección.

Consideró que desde la impugnación del modelo de boletas electorales Sergio Avilés Demeneghi debió excusarse para apartarse de su atención, como ahora lo hizo en un intento de evitar que fuera exhibido por su recusación.

Debido a lo anterior, consideró que el resultado lógico es que el Teqroo declare que fueron ilegales las sentencias que modificaron las boletas para obligar a votar por bloque o lista, pero si el tribunal local no toma la determinación, acudirá sin dudas a la siguiente instancia, que es la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), con el impedimento declarado hoy como parte de los elementos de prueba.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *