¿Puede Capella “husmear” en grupos de WhatsApp de presuntos saqueadores, sin orden judicial?

“OJO CHETUMAL. A ti también titular de este celular 983 177 4139 te estamos observando, en conjunto con los participantes de tu chat en whattsapp. Posterior a su identificación se harán las denuncias correspondientes”, escribió en un reciente tuit el secretario de Seguridad Pública de Quintana Roo, Alberto Capella Ibarra.

Esto en referencia a los grupos de jóvenes que han intentado organizar saqueos en la capital del Estado. No solamente compartió los perfiles de estas personas, sino también los grupos de chat en los que han participado.

De acuerdo con el titular de la SSP de Quintana Roo, de los 23 perfiles de la página Facebook que incitan al saqueo corresponden: 9 al municipio de Othón P. Blanco 9 al municipio de Benito Juárez 3 al municipio de Solidaridad 1 al municipio de Isla Mujeres 1 al municipio de Bacalar Más tarde les informo respecto a las denuncias.

Pero, ¿Puede la Policía Cibernética revisar tus grupos de whatsapp y conversaciones sin una orden judicial?

La respuesta es sí. Desde el 16 de enero de 2014, La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó las reformas que permiten la localización en tiempo real, y sin una orden judicial previa, de teléfonos celulares que estén relacionados con delitos graves, como en este caso, saqueo o sabotaje.

Sin embargo, la Suprema Corte estableció que la Procuraduría General de la República (PGR), así como las dependencias de Justicia de las entidades federativas, deberán demostrar a las empresas telefónicas, cuando se les solicite información de los usuarios, que se trata de casos de extrema urgencia.

la Suprema Corte estableció que la Procuraduría General de la República (PGR), así como las dependencias de Justicia de las entidades federativas, deberán demostrar a las empresas telefónicas, cuando se les solicite información de los usuarios, que se trata de casos de extrema urgencia.

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