TEPJF perfila frenar amparo de Salinas Pliego y mantener spot de Morena bajo control del INE

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CIUDAD DE MÉXICO.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) perfila invalidar los efectos, en materia electoral, de un amparo obtenido en la vía civil por el empresario Ricardo Salinas Pliego, mediante el cual buscaba el retiro de un promocional de Morena en el que aparece su imagen.

El proyecto de sentencia, elaborado por el magistrado Felipe de la Mata, concluye que el juez civil carece de competencia en el ámbito electoral, ya que la determinación sobre la suspensión o retiro de un espot difundido en tiempos oficiales corresponde exclusivamente al Instituto Nacional Electoral (INE).

“Debe enfatizarse que si una autoridad jurisdiccional con competencia material distinta a la electoral dicta una medida cautelar relacionada con un espot pautado por un partido político para difundirse en radio y/o televisión en los tiempos que administra el INE, las autoridades administrativas o entes políticos vinculados a su cumplimiento no pueden ni deben actuar de forma automática o irrestricta”, subraya el documento.

El proyecto añade que, previo a cualquier determinación, la autoridad electoral debe apegarse a criterios de proporcionalidad, necesidad y mínima afectación al derecho político-electoral involucrado, en este caso, el derecho del partido a difundir propaganda.

Asimismo, recalca que la “valuación únicamente puede ser realizada en el INE a través de la Comisión de Quejas, por mandato constitucional y legal”.

El promocional en cuestión, titulado “Por el bien”, incluye una imagen de Salinas Pliego a bordo de su avión privado. Tras solicitar su retiro, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE elaboró un proyecto para negar la petición, mismo que fue ratificado por la Comisión de Quejas, integrada por tres consejeros.

Ante esta resolución, el empresario recurrió a un juez civil, quien admitió su solicitud, pese a que en estos casos la vía de impugnación corresponde a la Sala Superior del propio TEPJF.

En otro asunto, el tribunal electoral informó que difirió la sesión en la que resolvería diversos recursos presentados por personas inconformes con su exclusión —por presunta falta de documentos— del proceso de selección de consejerías del INE.

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