
CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró constitucionales los artículos 22 y 25 de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, que establecen un plazo de un año para reclamar daños materiales causados por autoridades y de dos años cuando se trata de afectaciones físicas o psicológicas.
La decisión se dio al resolver un amparo promovido por un paciente del Instituto Mexicano del Seguro Social que sufrió secuelas permanentes luego de una intervención quirúrgica en la que personal médico habría olvidado gasas en su cuerpo.
Aunque validó los plazos de prescripción, la Corte dejó en manos de un tribunal determinar si la reclamación fue presentada dentro del tiempo legal, tomando en cuenta la naturaleza de las afectaciones sufridas por el paciente.
Profeco puede intervenir en conflictos con escuelas privadas
En otra resolución, el máximo tribunal confirmó que las instituciones educativas privadas pueden ser consideradas proveedoras de servicios y, por tanto, están sujetas a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Con ello, la Procuraduría Federal del Consumidor mantiene facultades para atender reclamaciones de padres de familia contra colegios particulares.
El criterio surgió tras una queja presentada por un padre que solicitó el reembolso de pagos realizados por útiles escolares y otros conceptos después de retirar a sus hijos de una escuela privada.
Ratifican autonomía de comunidades indígenas
Las ministras y ministros también reafirmaron el derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas al resolver un conflicto interno entre comunidades originarias de Oaxaca.
La resolución respaldó el principio constitucional que reconoce la autonomía y los sistemas normativos internos de los pueblos indígenas para resolver sus asuntos comunitarios.
Revés a la Defensa por litigio millonario
En un asunto distinto, la SCJN confirmó que la Secretaría de la Defensa Nacional deberá enfrentar el pago de aproximadamente 26 millones de pesos, más intereses, derivado de un incumplimiento contractual relacionado con una obra de construcción pactada en 2013.
Los ministros consideraron infundados los argumentos de la dependencia, que buscaba trasladar el caso al Tribunal de Justicia Administrativa, por lo que el litigio continuará bajo los criterios establecidos por el Poder Judicial.