Contesta José de la Peña impugnación contra su falta de experiencia en materia judicial

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Por Francisco Hernández

CHETUMAL.- José de la Peña Ruiz de Chávez, jefe de la Oficina de la Gobernadora de Quintana Roo y magistrado electo del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), contestó la impugnación en contra de su presunto incumplimiento del requisito de contar con experiencia laboral en áreas jurídicas afines a la administración de justicia.

Para eso, el funcionario y político del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) compareció como tercero interesado ante el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), dentro del juicio de nulidad promovido por el excandidato a magistrado del TSJE Adrián Armando Pacheco Salazar, quien demandó la nulidad de toda la elección, pero también en específico la revocación de las constancias de mayoría y la asignación de cargos de magistrados a José de la Peña Ruiz de Chávez y José Raúl Galán Muedano.

Como se recordará, en esa impugnación el excandidato argumenta que ambos ganadores no cumplen el requisito de tener al menos 5 años de práctica profesional en un área afín al cargo que buscan ostentar, establecido en la Constitución del estado.

En este sentido, la demanda afirma que a partir del currículum de ambos personajes se advierte con claridad que los candidatos José Raúl Galán Muedano y José de la Peña Ruiz de Chávez dentro de los últimos 5 años no laboraron en ningún órgano jurisdiccional que forme parte del TSJE o en alguna actividad que pudiera demostrar que efectivamente tienen una experiencia mínima de 5 años en una área jurídica afín a la candidatura que pretenden ocupar.

En el caso de José de la Peña, resume que su experiencia laboral en el servicio público consiste en: jefe de la Oficina de la Gobernadora del Estado (2024-2025; coordinador de Gabinete de Seguridad y Justicia del Estado (2022 a 2024); Diputado de 2019 a 2022, de 2016 a 2019 y de 2011 a 2013; y regidor del ayuntamiento de Benito Juárez (2008 a 2011).

En el caso de José Raúl Galán Muedano, indica que ha sido Director General de la Notaría 22, de Juan Arturo Contreras Mercader (septiembre del 2022 a la fecha); abogado de la Notaría 30, de Luis Miguel Cámara Patrón (febrero de 2019 a agosto de 2022); y pasante en Derecho de la misma Notaría 30 (marzo 2015 a febrero 2019).

Los impugna porque considera que la persona que aspire a ejercer el cargo de magistrado del TSJE deberá de tener una experiencia profesional acorde a las materias que se ven en las diversas salas de dicho tribunal, dado que las mismas son especializadas, en virtud de que conocen en segunda instancia de asuntos de alta complejidad, relacionadas con la materia civil, mercantil, familiar y penal.

“Es por ello que, al tratarse de un órgano revisor, resulta indispensable que la persona que pretenda ocupar el cargo de Magistrado, cuente con experiencia como servidor público dentro de algún órgano jurisdiccional, para conocer el mecanismo, los tiempos de resolución, y poder detectar las áreas de oportunidad y con esto lograr un mejor funcionamiento”, manifiesta.

El Teqroo informó de la participación de José de la Peña en el juicio en el auto por el cual se declaró la admisión y el inicio de la etapa de instrucción de las impugnaciones, que son tres: la presentada por Adrián Armando Pacheco Salazar, la del excandidato a juez civil Carlos Vega Martínez y la de un grupo de ciudadanos quintanarroenses, todas reclamando la nulidad de las elecciones.

Para defenderse, José de la Peña presentó como pruebas sólo presunciones, consistentes “en todos los razonamientos lógicos y jurídicos que se realicen, en todo lo que favorezca a la pretensión del promovente”, dice el acuerdo del Teqroo.

Además, también la instrumental de actuaciones, “consistente en todas y cada una de las actuaciones que obran en el expediente, en todo lo que favorezca a la pretensión del promovente”.

En cambio, antes del auto de admisión no se tuvo conocimiento de que José Raúl Galán Muedano presentara algún escrito para defender su cumplimiento de requisitos, a pesar de que inclusive existe el emplazamiento a agregar como prueba en su contra que carece de 5 años como Licenciado en Derecho, pues su cédula profesional tiene apenas 3 años.

Los tres juicios de nulidad son atendidos como proyectista por la magistrada Thalía Hernández Robledo, y en su resolución no participará el magistrado presidente del Teqroo, Sergio Avilés Demeneghi, pues hay que recordar que fue declarado impedido para hacerlo, debido a que dos familiares cercanos, su esposa y su hermana, fueron candidatas y son juezas electas.

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