SCJN “tumba” requisito de origen para dirigir la Universidad Judicial de Quintana Roo

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CHETUMAL.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválido el requisito de ser originario de Quintana Roo para ocupar la Rectoría de la Universidad Judicial del Poder Judicial del Estado, al resolver a favor de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) una acción de inconstitucionalidad.

El requisito anulado estaba contenido en el artículo 7, fracción I, de la Ley Orgánica de la Universidad Judicial, expedida como parte de la reforma judicial local aprobada el año pasado.

En su resolución, la SCJN determinó que dicha disposición excluía de manera absoluta a personas mexicanas de otras entidades federativas, sin considerar sus méritos, capacidades o experiencia profesional, lo que vulnera el derecho a competir en condiciones de igualdad para acceder a cargos públicos.

El máximo tribunal sostuvo que, a diferencia de ciertos cargos de naturaleza política o de gobierno, el origen geográfico no guarda relación lógica ni funcional con las funciones académicas y administrativas que implica la Rectoría de una institución universitaria, por lo que la exigencia resulta injustificada y discriminatoria.

Asimismo, la Corte concluyó que al tratarse de un cargo técnico-administrativo, imponer un requisito basado en la entidad de origen transgrede los derechos a la igualdad, a la no discriminación y al acceso a cargos públicos en función del mérito, razón por la cual la norma fue invalidada.

Por los mismos argumentos, y de manera consecuente, la SCJN también invalidó el artículo 10, fracción I, del Reglamento de la Universidad Judicial, que reiteraba el requisito de ser “quintanarroense” para ocupar la Rectoría.

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