Frena Semarnat túnel peatonal en Cozumel por riesgo ambiental

4

COZUMEL.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) negó la autorización de impacto ambiental al proyecto de conectividad peatonal entre la Terminal Internacional de Cruceros y la plaza comercial Park Royal, en Cozumel, por lo que no podrá construirse el túnel subterráneo propuesto por la empresa SSA México.

El proyecto contemplaba la edificación de un paso peatonal por debajo de la carretera a Chankanaab, en la prolongación de la avenida Rafael E. Melgar, con el objetivo de facilitar el tránsito seguro de visitantes entre ambas zonas comerciales, evitando el cruce en superficie en una vialidad de alto flujo vehicular.

La obra tendría una superficie de mil 191.60 metros cuadrados, con una longitud de 105 metros y un ancho de 11 metros, incluyendo rampas de acceso en ambos extremos. La inversión estimada era de 88 millones de pesos, de los cuales 5 millones serían destinados a medidas de mitigación ambiental.

No obstante, mediante una resolución emitida el 15 de febrero de 2026, la Semarnat determinó que el proyecto “no es viable” en términos de impacto ambiental, con base en la normativa vigente.

Entre los principales argumentos, la dependencia federal advirtió que la construcción del túnel implicaría alteraciones al flujo de agua subterránea, ya que durante la obra sería necesario realizar bombeo de achique durante aproximadamente 14 meses, lo que podría reducir el nivel freático y modificar el comportamiento natural del acuífero.

Además, el diseño del túnel incluía un revestimiento impermeable, lo que actuaría como una barrera artificial que afectaría la dirección e intensidad del flujo subterráneo.

La Semarnat también señaló que el Programa de Ordenamiento Ecológico Local (POEL) de Cozumel prohíbe expresamente obras que alteren el flujo subterráneo del agua o la topografía en zonas cercanas a cuevas y cenotes, sin distinguir si las afectaciones son temporales o permanentes.

A ello se suma que la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) presentada por la empresa no contempló de manera suficiente los posibles efectos sobre la fauna subterránea asociada a estos ecosistemas.

“Conforme al principio precautorio, el proyecto genera un riesgo razonable de alteración al flujo subterráneo del agua y la información presentada no acredita su compatibilidad con la estrategia del POEL aplicable”, concluyó la dependencia.

Con esta resolución, el procedimiento de evaluación ambiental quedó cerrado y el expediente fue archivado como asunto concluido. Asimismo, se notificó a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en Quintana Roo para los efectos correspondientes.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *