
COZUMEL.- El Centro Mexicano de Derecho Ambiental A. C. (Cemda) obtuvo una suspensión provisional sobre las actividades de construcción y operación del proyecto del Cuarto Muelle de Cozumel, que prohíbe realizar obras relacionadas con este proyecto mientras la autoridad judicial resuelve sobre la suspensión definitiva dentro de una demanda de amparo en su contra de su autorización ambiental.
La suspensión fue otorgada el pasado 19 de agosto por el Juzgado Segundo de Distrito, con sede en Cancún, al admitir la demanda de amparo promovida por el Cemda en contra de la autorización de impacto ambiental que fue otorgada a dicho proyecto por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) el 7 de diciembre del 2021.
Cemda sustenta su demanda en afectaciones al ecosistema y particularmente al arrecife Villa Blanca, al que señalan como uno de los más importantes del Caribe mexicano a pesar de que los impulsores y promotores del cuarto muelle señalan que no es natural, sino artificial, además de apelar al derecho humano a un medio ambiente sano de la población de la isla de Cozumel.
Otro de los argumentos es que la construcción del cuarto muelle de cruceros ocasionaría también la pérdida de la última playa pública de la zona, llamada también Villa Blanca, además de que se limitará aún más la escasa disponibilidad de agua potable ante la demanda que representa la operación de megacruceros.
Cemda destacó que el análisis del Juzgado Segundo de Distrito resultó innovador, pues sustentó la suspensión provisional en principios de derecho ambiental internacional, principalmente el reconocimiento del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú), por su fuerza vinculante propia como derecho convencional de cumplimiento obligatorio en México.
Asimismo, indica que la suspensión en el juicio de amparo es un mecanismo para prevenir, hacer, mitigar y/o recomponer los daños al medio ambiente, atendiendo a los principios precautorio, preventivo, in dubio pro natura (“en la duda, a favor de la naturaleza”) y propter rem (obligaciones y derechos en relación con el bien).
Cabe mencionar que esta suspensión de amparo recae cuando el proyecto se encuentra suspendido por decisión de la propia empresa que lo promovió, Muelles del Caribe, de la familia yucateca Molina Casares, luego de que la Semarnat anunció el inicio de la revisión de la autorización otorgada en 2021.
Semarnat anunció el 19 de junio que en atención al recurso de revisión interpuesto por habitantes de la isla de Cozumel en contra del oficio resolutivo que autorizó el proyecto Muelle Cozumel, Terminal de Cruceros, la dependencia “realizará un estudio con la finalidad de valorar el proyecto, lo anterior con base en la normatividad vigente, la protección del ecosistema arrecifal y el derecho de la población a un ambiente sano.”
Un mes después, el 22 de julio, Muelles del Caribe anunció que detenía temporalmente el inicio de las obras de su terminal, como parte de una “pausa técnica” para atender las preocupaciones expresadas por sectores de la comunidad local y fortalecer las medidas de mitigación ambiental del proyecto.
Ahora, el otorgamiento de la suspensión provisional y su probable elevación a una suspensión definitiva impediría iniciar la obra en el mediano plazo, aún en el caso de que la Semarnat le refrendara el permiso ambiental otorgado en 2021, cuando era un proyecto del interés del presidente Andrés Manuel López Obrador, cuyo gobierno también le facilitó antes de eso el cambio de la concesión de la zona federal-marítimo terrestre para que tenga uso de terminal de cruceros.