Presentan al Teqroo pruebas contra magistrado electo del Poder Judicial de Quintana Roo

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Por Francisco Hernández

CHETUMAL.- Como lo anunció en una entrevista con el diario Cambio 22, el excandidato a magistrado Adrián Armando Pacheco Salazar presentó ante el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) ofreció pruebas adicionales dentro del juicio de nulidad contra el resultado de la elección del Poder Judicial del Estado, que demuestran que José Raúl Galán Muedano carece de 5 años como licenciado en Derecho, por lo que incumple un requisito esencial para ser magistrado electo del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE).

El impugnante ofreció estas pruebas tomando en cuenta que no se ha cerrado la instrucción de su juicio de nulidad y otros dos que se le acumularon, por lo que el Teqroo debe admitirlas y tomarlas en consideración para la resolución.

Son pruebas supervenientes, porque se tratan de hechos desconocidos por actor al presentar su impugnación dentro de los plazos que tenía para eso, por lo que se ajustan a lo indicado por el artículo 17 de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral, respecto a que pueden ser presentadas hasta antes del cierre de la instrucción.

La primera prueba ofrecida es la cédula profesional del magistrado electo José Raúl Galán Muedano, que se encuentra en consulta pública en el portal https://www.cedulaprofesional.sep.gob.mx, del Registro Nacional de Profesionistas de la Secretaría de Educación Pública (SEP).

Además, aportó una imagen de la publicación, donde consta que la cédula profesional de Galán Muedano como abogado egresado de la Universidad Anáhuac de Cancún se expidió en el 2022, por lo que sólo cuenta con 3 años como licenciado en Derecho.

Dicha condición viola el requisito de elegibilidad de contar con al menos 5 años de antigüedad de ejercicio profesional del Derecho, situación que no fue evaluada por las autoridades que registraron las candidaturas y expidieron las constancias de mayoría a los ganadores.

Recalcó que tal defecto de revisión resalta porque es necesario contar con una cédula profesional para poder acreditar y ejercer legalmente la profesión de abogado o licenciado en Derecho, lo que establecen los códigos en las materias penal, civil, familiar y mercantil, además de que así lo indica el artículo 5 de la Ley de Profesiones del Estado para el ejercicio de todas las ramas y especialidades de las profesiones que impartan las instituciones de educación superior en Quintana Roo.

Por lo anterior, Pacheco Salazar pide que el Teqroo revoque la constancia de mayoría otorgada a José Raúl Galán Muedano y se le asigne a él el cargo correspondiente en el TSJE, debido a que cumple a cabalidad todos los requisitos de elegibilidad y es el siguiente con más votos en el resultado de la elección impugnada.

También aportó como prueba el video donde José Raúl Galán Muedano se promociona durante la campaña con la afirmación de que tiene 12 años de experiencia profesional como abogado con 31 años de edad, lo que haría suponer que obtuvo su cédula de licenciado en Derecho a los 19 años, lo que configura la emisión de declaraciones falsas.

El excandidato solicitó además que la magistrada instructora en turno decrete el cierre de la instrucción del juicio de nulidad una vez admitidas sus pruebas supervinientes, para que emita en tiempo la resolución sobre el cuestionamiento del resultado de la elección.

Cabe recordar que Adrián Armando Pacheco Salazar demandó la nulidad total de la elección del Poder Judicial del Estado por haberse votado por listas y no por personas como dispone la Constitución, pero también impugnó en lo particular las constancias de magistrados electos asignadas a José de la Peña Ruiz de Chávez y José Raúl Galán Muedano, por no tener un mínimo de 5 años de práctica profesional en un área jurídica afín al cargo de integrante del TSJE.

Por otra parte, también tiene en proceso una impugnación ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en la que pide que se dé vista al Ministerio Público de probables hechos constitutivos de delito cometidos por el magistrado presidente del Teqroo, Sergio Avilés Demeneghi, debido a que participó en la resolución que modificó las boletas electorales del estado para que se votara por listas y no por personas, a pesar de que dos familiares cercanas suyas eran candidatas y se vieron beneficiadas con ese cambio de sistema de votación, pues les aseguró su acceso directo a los cargos de juezas.

En este caso el excandidato también presentó pruebas supervinientes para reforzar su impugnación, las cuales hizo llegar a la magistrada instructora Janine Otárola Malasis, consistentes en grabaciones de los videos de la sesiones a que hace referencia en su impugnación, cuyos vínculos fueron modificados en las páginas del Teqroo en Youtube y Facebook para que dejen de ser visibles.

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