CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional penalizar el aborto voluntario en la etapa inicial del embarazo.
Durante la sesión de este martes, el máximo tribunal del país determinó por unanimidad invalidar el artículo 196 del Código Penal de Coahuila que estable una sanción de uno a tres años de cárcel para la mujer que voluntariamente practique su aborto.
Al inició de la sesión, el ministro presidente Arturo Zaldívar informó que, por razones de fuerza mayor, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo no puede estar en el debate y dio aviso a la Presidencia de la Corte.
La ministra Margarita Ríos Farjat apoyó la propuesta del ministro Luis María Aguilar de invalidardicho artículo, pues dijo que se trata de un tema de salud pública del que debe hacerse cargo el Estado.
Aseguró que está en contra de estigmatizar a quienes toman la decisión de interrumpir su embarazo.
“Estoy en contra de estigmatizar a quienes toman esta decisión que, me parece, si ya de por sí es difícil y dura por la carga moral-social, pero profundamente individual y espiritual- no debería serlo más por la fuerza del Derecho.
“Nadie se embaraza en ejercicio de su autonomía para después abortar”, enfatizó.
Zaldívar insistió en que se deben invalidar de los artículos 195 a 199 del Código Penal estatal, pues aseguró que dejar vivo el tipo de aborto es una incongruencia no menor en un proyecto donde se pretende invalidar la criminalización de la mujer.
Aguilar destacó que con la decisión de la Corte se eliminó la amenaza de cárcel que había sobre las mujeres que deciden interrumpir su embarazo.
El ministro presidente Arturo Zaldívar aseguró que con la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de declarar inconstitucional la penalización del aborto voluntario, se da un paso más en la lucha histórica por la igualdad, la dignidad y el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres.
Fuente: El Heraldo de México