
CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para incluir a personas en la Lista de Personas Bloqueadas sin necesidad de una orden judicial, cuando existan sospechas de actividades ilícitas como lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
Por mayoría de seis votos contra tres, ministras y ministros determinaron que esta atribución no vulnera derechos fundamentales como la propiedad, la presunción de inocencia, el derecho de audiencia, el debido proceso ni la seguridad jurídica, como argumentaron legisladores de oposición.
La resolución se dio tras analizar la acción de inconstitucionalidad 58/2022 promovida por integrantes del Congreso de la Unión contra el artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, reformada en 2022. Los promoventes sostuvieron que la norma es “imprecisa, vaga y ambigua”, además de que abre espacio a la discrecionalidad y posible arbitrariedad.
También señalaron que el bloqueo de cuentas bancarias debería ser consecuencia de un proceso penal, al activarse con la presunción de un delito, por lo que consideraron que la UIF invade facultades del Ministerio Público.
No obstante, las ministras y ministros Loretta Ortiz, Hugo Aguilar, Lenia Batres, Irving Espinosa, Sara Irene Herrerías y Estela Ríos consideraron infundados dichos argumentos. A propuesta de Ortiz, señalaron que esta facultad tiene un carácter administrativo y preventivo, y no implica un prejuzgamiento penal.
Asimismo, indicaron que la medida garantiza el derecho de defensa y audiencia, ya que las personas afectadas pueden ofrecer pruebas y la UIF está obligada a emitir resoluciones fundadas y motivadas, las cuales pueden ser impugnadas ante tribunales.
La Corte precisó que los “indicios suficientes” para proceder con el bloqueo deberán sustentarse en elementos objetivos, verificables y revisables, con el fin de evitar decisiones arbitrarias.
En contra votaron la ministra Yasmín Esquivel, así como los ministros Giovanni Espinosa y Arístides Guerrero. Esquivel advirtió que se trata de “una medida grave” que podría derivar en “un acto autoritario” y vulnerar el derecho de propiedad, al señalar que no debe sacrificarse la seguridad jurídica “bajo la idea de que el fin justifica los medios”.