EDOMEX.- El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal, con sede en el Estado de México, otorgó a María de los Ángeles Pineda Villa, esposa de José Luis Abarca Velázquez, un amparo que deja sin efecto el auto de formal prisión dictado en su contra por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita y abre la posibilidad de quedar libre.
Esta es la única causa penal que mantiene en prisión a María de los Ángeles Pineda Villa, quien ha echado abajo las acusaciones que el Ministerio Público ha tratado de imputarle por diferentes delitos, ninguno de ellos relacionados con la desaparición de los 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa.
El Tribunal Colegiado ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) realizar una nueva diligencia y toma de declaraciones en las que se utilizaron los testimonios de “Mateo” y “X”, declaraciones que ya fueron invalidados en otros procesos penales.
María de los Ángeles Pineda Villa, a quién se le relaciona con los 43 normalistas desaparecidos de la normal rural de Ayotzinapan, presentó un amparo el cual le fue otorgado para que se lleven a cabo las diligencias, toma de declaciones y le proporcione el nombre y apellidos de los testigos “Mateo” y “X” utilizados por la FGR para acusarla de los de delitos de delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita
“PRIMERO. En la materia de revisión, se confirma la sentencia revisada. SEGUNDO. Para los efectos precisados en el considerando séptimo de la resolución impugnada, la Justicia de la Unión ampara y protege a María De los Ángeles Pineda Villa, contra el acto que reclama del Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, con residencia en esta ciudad”, menciona la notificación del Tribunal.
La resolución del juzgado es para que se lleven a cabo nuevas diligencias y le informen a Pineda Villa los nombres de las personas que la acusan para que este en posibilidades de defenderse.
En el amparo que presentó Pineda Villa contra el auto de formal prisión del 11 de marzo de 2019, se menciona:
“Abra un nuevo plazo constitucional, en el que lleve a cabo nuevamente la diligencia atinente a la declaración preparatoria de María de los Ángeles Pineda Villa, en caso de que no existan en la causa penal los nombres y datos de identificación de los testigos colaboradores con claves “Mateo” y “X”, requiera al agente del Ministerio Público de la Federación que consignó la averiguación previa que dio origen el proceso penal, de su control, para el efecto de que proporcione el nombre real y todos los datos personales de los aludidos testigos colaboradores en el lapso que se estime prudente, tomando en cuenta el término constitucional para resolver la situación jurídica, recabe nuevamente la declaración preparatoria de María de los Ángeles Pineda Villa”.
Fuente: El Sol de México