INE rechaza investigar uso de recursos del PRI durante gobierno de Alejandro Moreno en Campeche

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CIUDAD DE MÉXICO.- Los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazaron por unanimidad un proyecto presentado por Morena donde solicitan que ordene a la Unidad Técnica de Fiscalización iniciar un procedimiento oficioso para conocer el destino de los recursos ejercidos por el PRI en Campeche durante el gobierno del ahora presidente nacional del PRI Alejandro Moreno Cárdenas.

Al presentar el proyecto, el representante legislativo de Morena en el INE, el diputado Guillermo Santiago Rodríguez, aseguró que esta solicitud fue apegada a la Constitución y la ley que, dijo, otorga al instituto la obligación de fiscalizar el origen, monto, destino y aplicación de los recursos de los partidos políticos.

En ese sentido, sostuvo que existen indicios y documentados donde se comprueba que Alejandro Moreno Cárdenas, durante su mandato y luego al frente del PRI, realizó desvíos, simulaciones y enriquecimiento ilícito que, afirmó, han favorecido a dicho partido además de ser una fuente de financiamiento ilegal.

Esta petición la hace justo ahora que la Fiscalía de Campeche ha solicitado nuevamente a la Cámara de Diputados el desafuero de Moreno Cárdenas por un presunto peculado de 83.5 millones de pesos, donde hay, según el expediente, pagos simulados, contratos irregulares, erogaciones sin respaldo y una obra con sobreprecio; además de que persisten denuncias previas por desvíos durante su gubernatura, asociados a enriquecimiento ilícito, lavado de dinero y fraude fiscal.

Aunque el morenista argumentó que el INE tiene una obligación clara de cuidar que el dinero que se da a los partidos se ejerza con transparencia, certeza y siempre dentro de la ley porque son recursos del pueblo, los consejeros del INE coincidieron en referir que no se contó con los elementos suficientes para generar algún indicio y con ello poder ordenar una investigación.

Al respecto la consejera Dania Ravel detalló que de acuerdo al Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de Fiscalización, el inicio de un procedimiento oficioso parte de dos supuestos: tener conocimiento por cualquier medio de hechos que pudieran configurar una violación, y contar con elementos suficientes que nos generen indicios para poder ordenar que se inicie un oficio y en este caso, sostuvo, “no tenemos lo segundo”.

Asimismo, indicó que existe otro motivo por el que no se puede avalar esta solicitud, el cual es la prescripción de los hechos, pues de acuerdo al citado Reglamento los procedimientos sancionadores en materia de fiscalización, prescriben al término de tres años contados a partir que se susciten las presuntas infracciones y se tenga conocimiento de los mismos.

En el caso particular, se establece que las supuestas violaciones se dieron entre el 15 de septiembre de 2015 y hasta el 15 de septiembre de 2021, “por lo que a la fecha habría prescrito la facultad de esta autoridad para iniciar el procedimiento oficioso, sin embargo, me parece importante hacer énfasis en que, por supuesto, el partido político peticionario puede presentar una queja y en su caso será valorada su admisión”, subrayó.

Fuente: El Sol de México

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