SCJN analiza atraer amparos contra el cambio de uso de suelo para Perfect Day en Mahahual

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CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a estudio la solicitud para ejercer su facultad de atracción sobre los recursos de queja derivados del rechazo de las demandas de amparo promovidas contra la modificación del Programa de Desarrollo Urbano (PDU) de Mahahual, relacionado con el proyecto turístico Perfect Day.

La petición fue presentada por la asociación civil Defendiendo el Derecho a un Medio Ambiente Sano (DMAS) y respaldada por el ministro Irving Espinosa Betanzo, quien hizo suya la solicitud para que pueda ser analizada por el máximo tribunal.

Como parte del procedimiento, el presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, ordenó al Primer Tribunal Colegiado de Circuito, con sede en Cancún, suspender la resolución de los recursos de queja mientras la Corte determina si ejercerá la facultad de atracción.

Los recursos fueron promovidos por habitantes de Mahahual luego de que la Jueza Primera de Distrito en Quintana Roo, Eugenia Maritza Valencia Hernández, desechó las primeras demandas de amparo interpuestas contra el cambio de usos de suelo aprobado para el Programa de Desarrollo Urbano del centro de población de Mahahual.

De acuerdo con el expediente 669/2026, el acto reclamado corresponde al dictamen técnico contenido en el oficio DGDUMAE/0830/2025, mediante el cual se autorizó la reconfiguración de usos de suelo y aprovechamiento del PDU 2021-2025 de Mahahual.

Los acuerdos para suspender la resolución de las quejas fueron emitidos los días 8 y 10 de julio, por lo que quedaron detenidos los recursos 76/2026 y 113/2026, que eran analizados por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito.

El recurso 76/2026 estaba programado para resolverse el 8 de julio, pero el tribunal recibió ese mismo día la instrucción de suspender el procedimiento. El expediente 113/2026 aún no contaba con fecha para su resolución.

Los promoventes sostienen que la jueza aplicó un criterio restrictivo al considerar que los ciudadanos únicamente disponían de 15 días, contados a partir de la publicación del acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, para promover el juicio de amparo.

Con ello, afirman, dejó de lado el criterio que permitía impugnar actos administrativos desde el momento en que las personas conocieran o resultaran afectadas por ellos.

Ahora corresponderá al Pleno de la Suprema Corte decidir si atrae el caso y revisa tanto la legalidad del cambio de usos de suelo como las resoluciones emitidas por el juzgado federal en Quintana Roo.

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