CIUDAD DE MÉXICO.- El Gobierno de México inició el procedimiento para declarar Área Natural Protegida (ANP) al sitio conocido como Manglares de Puerto Morelos, con una superficie total de mil 91 hectáreas, en el estado de Quintana Roo.
Para eso, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) emitió el aviso por el cual puso a disposición del público en general el estudio realizado por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) para justificar la expedición del decreto.
La propuesta es declarar como ANP con el carácter de área de protección de flora y fauna, el sitio conocido como Manglares de Puerto Morelos, con una superficie total de 1,091-56-91.36 hectáreas, ubicada en el municipio de Puerto Morelos, Quintana Roo.
El estudio puede ser consultado en las oficinas de la Conanp en la sede de la Semarnat, ubicadas en avenida Ejército Nacional número 223, piso 12, ala A, colonia Anáhuac, I sección, demarcación territorial Miguel Hidalgo, código postal 11320, Ciudad de México.
También estará a disposición en la oficina de la Dirección Regional Península de Yucatán y Caribe Mexicano, ubicada en avenida Mayapán Sur sin número, planta alta Lote 1, Supermanzana 21, Manzana 4, código postal 77505, Cancún, Benito Juárez, Quintana Roo.
Adicionalmente, lo estará en la oficina de la Dirección del Parque Nacional Arrecifes de Puerto Morelos, ubicada en avenida Matamoros número 7 esquina Hidalgo, código postal 77580, de Puerto Morelos; y en la Oficina de Representación de la Semarnat en Quintana Roo, ubicada en Boulevard Kukulkán, kilómetro 4.8, Zona Hotelera, código postal 77500, Cancún, Benito Juárez, Quintana Roo.
El estudio a que se hace mención queda a disposición por un término de 30 días naturales, contados a partir del día de la publicación del aviso en el Diario Oficial de la Federación, para opinión del Gobierno del Estado de Quintana Roo y del gobierno del municipio de Puerto Morelos, en cuya circunscripción territorial se localiza la propuesta de área de protección de flora y fauna de que se trata.
También es para opinión de las dependencias de la Administración Pública Federal que deban intervenir, de conformidad con sus atribuciones, así como de las organizaciones sociales, públicas o privadas, pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, personas físicas o morales, universidades, centros de investigación, instituciones y organizaciones de los sectores público, social y privado, interesados en el establecimiento, administración y vigilancia del área de referencia.
Fuente: Cambio22