Suprema Corte tumba prórroga de magistrados en Quintana Roo; deberán ir a elección en 2028

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CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional una parte sustancial de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Quintana Roo y anuló el artículo transitorio que permitía a magistrados numerarios no ratificados permanecer en el cargo hasta 2033.

La resolución corresponde a la acción de inconstitucionalidad 99/2025 y su acumulada 100/2025, promovidas por el Poder Ejecutivo Federal y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), al considerar que diversos aspectos de la reforma judicial local contravenían la Constitución.

Magistrados deberán someterse a elección en 2028

El punto central del fallo invalida el cuarto párrafo del artículo Tercero Transitorio de la reforma constitucional local publicada el 13 de enero de 2025, el cual prorrogaba el mandato de magistrados cuyo nombramiento concluía después de los procesos electorales judiciales de 2025 y 2027, extendiéndolos hasta 2033.

La Corte determinó que esa disposición vulneraba el modelo de elección popular establecido en la Constitución federal al impedir la renovación de esos cargos mediante voto ciudadano.

Aunque la sentencia no menciona nombres, la disposición beneficiaba, entre otros, al magistrado presidente Heyden Cebada Rivas y a la magistrada Mercedes Castillo, cuya permanencia hasta 2033 quedó sin sustento jurídico tras la resolución.

No obstante, el fallo no implica su separación inmediata del cargo. Ambos continuarán en funciones de manera transitoria para garantizar la continuidad del servicio judicial, pero deberán dejar sus cargos una vez concluya el proceso de elección judicial de 2028.

La SCJN recordó que la reforma constitucional federal publicada el 2 de junio de 2026 establece que todos los cargos judiciales que no fueron renovados en la elección de 2025 deberán someterse al proceso electoral de 2028.

También invalidan facultades del Tribunal Superior de Justicia

La resolución eliminó otras disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Quintana Roo al considerar que invadían competencias reservadas al Órgano de Administración Judicial.

Entre ellas destacan:

– La facultad del Pleno del Tribunal Superior de Justicia para definir la competencia de las Salas.
– La creación y modificación de circuitos judiciales.
– Los cambios de adscripción de jueces y magistrados.
– La determinación de la duración del cargo de magistrados de salas unitarias.

Asimismo, la Corte invalidó el régimen de designación y permanencia de la magistratura especializada en justicia para adolescentes, al concluir que dicho cargo también debe elegirse mediante voto popular y no mediante designación del Ejecutivo y el Congreso.

Cambian reglas para órganos del Poder Judicial

La SCJN también anuló los mecanismos internos para elegir las presidencias del Tribunal de Disciplina Judicial y del Órgano de Administración Judicial.

Determinó que:

– La presidencia del Tribunal de Disciplina deberá recaer en quien obtenga la mayor votación ciudadana y rotarse cada dos años.
– La presidencia del Órgano de Administración Judicial deberá definirse mediante insaculación, conforme al modelo previsto en la reforma judicial federal.

En contraste, la Corte mantuvo vigente la disposición que permite al Pleno del Tribunal Superior de Justicia elegir a su presidente mediante votación secreta entre sus integrantes, al considerar que la Constitución federal no regula ese procedimiento y deja margen de decisión a las entidades federativas.

Congreso deberá adecuar la legislación

La sentencia surtirá efectos una vez que sea notificada al Congreso de Quintana Roo. A partir de ese momento, las normas invalidadas dejarán de aplicarse y, en los aspectos correspondientes, prevalecerán directamente las disposiciones de la Constitución federal.

La Suprema Corte exhortó a la XVIII Legislatura a modificar la legislación local antes del próximo proceso de elección judicial para garantizar el funcionamiento del Poder Judicial y armonizar el marco jurídico estatal con la reforma judicial federal.

Entre las tareas pendientes del Congreso se encuentran redefinir la organización de las Salas y circuitos judiciales, adecuar los procedimientos de designación de los órganos administrativos e incorporar todas las magistraturas pendientes, incluida la especializada en justicia para adolescentes, al proceso electoral judicial previsto para 2028.

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