Teqroo revoca determinaciones de Morena y ordena revisar nuevamente quejas contra “Gino” Segura

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CHETUMAL.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) revocó determinaciones de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena sobre quejas contra Eugenio “Gino” Segura Vázquez, al detectar un análisis insuficiente de los expedientes y falta de justificación para declararlos improcedentes.

La instancia partidista deberá revisar nuevamente los señalamientos, relacionados particularmente con presuntos actos de posicionamiento político anticipado del coordinador estatal para la Defensa de la Transformación y la Soberanía Nacional, y emitir resoluciones fundadas y motivadas.

Durante una sesión nocturna celebrada a la medianoche del pasado viernes, el Pleno resolvió los juicios electorales 59, 58 y 71, promovidos por Erikc Sánchez Córdova, así como el juicio de la ciudadanía 34/2026, presentado por Fiany Yajayra Ajanel Alejo.

En los juicios electorales 57 y 70/2026, también interpuestos por Sánchez Córdova, los magistrados revocaron acuerdos relativos a denuncias contra Ana Patricia Peralta de la Peña y Segura Vázquez.

El Tribunal ordenó examinar individualmente los hechos y los elementos aportados en cada expediente. Las nuevas determinaciones deberán explicar suficientemente sus fundamentos, en lugar de desechar las quejas mediante causas de improcedencia deficientemente justificadas.

En otro asunto, el Teqroo confirmó la negativa de medidas cautelares solicitadas por Rafael Fernando Marín Mollinedo, quien denunció el presunto uso no autorizado de su nombre e imagen en un grupo de Facebook.

El Pleno respaldó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), al considerar que no se acreditaron los elementos necesarios para ordenar el retiro del contenido.

Durante la misma sesión, las magistraturas determinaron que un periodista ejerció violencia política contra las mujeres en razón de género mediante expresiones difundidas en Facebook, dentro del Procedimiento Especial Sancionador 2/2026.

Tras un análisis integral y con perspectiva de género, concluyeron que las publicaciones reprodujeron estereotipos que menoscabaron los logros, la capacidad y la trayectoria política de la ciudadana denunciante, al atribuir su participación pública a supuestas relaciones de subordinación con hombres.

La sentencia identificó violencia simbólica, verbal, psicológica, moral y mediática. Como medidas, ordenó una amonestación pública, una disculpa pública, la inscripción del responsable en los registros nacional y estatal de personas sancionadas por violencia política de género y la realización de un curso especializado.

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