Iniciativas ratifican incrementos al agua y reducciones en vivienda social en Quintana Roo

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Por Francisco Hernández

CHETUMAL.- Aunque se presentaba una oportunidad para frenar el alza constante del agua potable, la reforma que el Gobierno del Estado promueve a la Ley de Cuotas y Tarifas de Agua Potable no propone cambiar la fórmula de cálculo de las tarifas de agua potable y drenaje, por lo que seguirá el aumento permanente e imparable de sus costos para los usuarios de los servicios doméstico, comercial, industrial, hotelero y de servicios generales a la comunidad.

Lo mismo sucede con las dimensiones de los terrenos para vivienda que redujo el gobierno de Carlos Joaquín, pues además de mantener esa medida, las iniciativas de reformas a la Ley de Vivienda y a la “Ley Casitas” proponen que se permita tener áreas de menor tamaño para los programas sociales de vivienda de los gobiernos federal, estatal y municipal.

La iniciativa sobre la Ley de Cuotas y Tarifas de Agua Potable no cambia la fórmula establecida desde el 2008 para que las tarifas suban automáticamente, sino simplemente la ratifica al convertirla, además, en la base para el cobro por aportación para obras de cabecera por instalación y por dotación de litros por segundo, eliminando su tarifa fija, para que suba mensualmente.

Al mismo tiempo, no cambia el artículo 7 de la ley, el cual establece el sistema automático de alzas tarifarias, por el cual las tarifas comerciales, industriales y hoteleras se elevan cada mes conforme al índice de inflación, mientras la tarifa doméstica aumenta cada año con el aumento anual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), además de que se les aplica también un porcentaje del alza de las tarifas eléctricas en el momento que ocurren.

Por causa de esta fórmula de “aumentos imparables”, la tarifa doméstica mínima del agua potable superó en febrero de este 2026 la barrera de los 200 pesos, pues quedó establecida en 203.50 pesos mensuales sólo por el consumo de 10 mil litros de agua, sin servicio de drenaje, mientras que con drenaje el pago mínimo llega a 298 pesos mensuales en la mayoría del estado y 291 pesos en Chetumal y el resto del municipio de Othón P. Blanco, donde el IVA es del 8 %.

Tampoco se cambia que la tarifa por drenaje y saneamiento se cobre en 40 % sobre la facturación de agua potable, más IVA, además de que la tarifa mínima se seguirá cobrando aunque no se consuma agua, sino sólo por estar conectado a la red, y sin importar si se consumen los 10 mil litros mensuales o menos.

Por lo mismo, el gobierno de la Cuarta Transformación continuará con la política de alza imparable de las tarifas de agua potable, a pesar de la inconformidad creciente de los usuarios, sobre todo los de Cancún, que atribuyen el alza de las tarifas a la empresa Aguakan aunque el responsable de ellas es el gobierno del estado.

Áreas más pequeñas para “casitas” de programas sociales

La gobernadora Mara Lezama también propuso una reforma a la llamada “Ley Casitas”, pero no para revertir la reducción del tamaño de los terrenos y áreas edificables, pues los mantiene como están y, aún más, autorizará que sean todavía menores cuando así lo necesiten los programas sociales de vivienda de los gobiernos federal, estatal y municipal.

Esta reforma es al artículo 23 de la Ley de Acciones Urbanísticas del Estado, la “Ley Casitas” del gobierno de Carlos Joaquín, con el argumento de garantizar así “el derecho a una vivienda adecuada”, con “instrumentos normativos flexibles que atiendan realidades concretas sin renunciar a estándares mínimos de habitabilidad”, a fin de evitar que la gente recurra a invasiones y asentamientos humanos irregulares.

Desde el 2018, el artículo 23 de la “Ley Casitas” redujo 2 metros cuadrados a los terrenos para vivienda social más pequeños y hasta 56 metros cuadrados a los más grandes.

Antes, los tamaños de los terrenos para vivienda de categorías económica, popular y tradicional tenían área de 110 a 199 metros cuadrados, con frentes de 7.20 a 9 metros por de 15.27 a 22.11 metros de fondo, y espacio libre de 20 %.

Con la “Ley Casitas” se redujeron a las actuales áreas de 108 a 143 metros cuadrados, con frente de 6 a 7.1 metros lineales y de 18 a 20.14 metros de fondo, un área libre de 15 % y espacio sin construcción de al menos 2 metros respecto del área verde o arborización.

Esta reducción la mantendrá el gobierno de la Cuarta Transformación en su reforma que dice garantizar el derecho a la “vivienda adecuada”, y el cambio que se propone a ese artículo es para reducir las áreas todavía más.

“Sin perjuicio a lo antes señalado, los programas de desarrollo urbano podrán establecer y permitir superficies menores a los rangos establecidos por la presente Ley, respecto de las áreas edificables, no edificables y urbanizables, siempre y cuando las unidades o espacios habitables que se generen provengan de programas sociales en materia de vivienda que ejecute el gobierno federal, estatal o municipal, pudiéndose ajustar de igual manera, los potenciales de aprovechamiento urbano en los predios que se destinen para tal fin, en razón de las necesidades y características de dichos programas”, dice el párrafo que se agregará al artículo 23.

La justificación dice: “Bajo esa premisa, las adecuaciones en la Ley de Acciones Urbanísticas, particularmente aquellas que permiten a los programas de desarrollo urbano contemplar superficies diversas (es decir, menores) a los parámetros establecidos, cuando se trate de esquemas sociales de vivienda, encuentran sustento en mandato constitucional de garantizar el derecho a una vivienda adecuada.

México ha transitado por etapas en las que amplios sectores quedaron excluidos del acceso formal al suelo y a servicios básicos, lo que dio lugar a asentamientos irregulares y marginación; frente a ese antecedente, el Estado tiene la obligación de generar instrumentos normativos flexibles que atiendan realidades concretas sin renunciar a estándares mínimos de habitabilidad.

Con una visión humanista y bajo el principio de que primero es el pueblo, esta reforma es jurídicamente viable porque armoniza el desarrollo ordenado y la inclusión, fortaleciendo el marco legal para que el crecimiento urbano se traduzca en bienestar social y justicia territorial”.

Se confirma el modelo de vivienda social vigente

Por otra parte, la reforma a la Ley de Vivienda solamente establece en lo principal que habrá estímulos del gobierno del estado para la construcción de vivienda social, pero lo más interesantes es que en la Ley de Agua Potable y Alcantarillado, no en la Ley de Vivienda, establece las características que tendrá la vivienda social, en sus categorías de económica, popular y tradicional, que son las mismas que establece el Código de Edificación de Vivienda de la Comisión Nacional de Vivienda (Conavi).

La reforma a la Ley de Agua Potable propone en el artículo 37 las siguientes características para la vivienda social:

Vivienda Económica: Superficie de construcción de hasta 45 metros cuadrados con las siguientes características: 1 baño, cocina y área de usos múltiples.

Vivienda Popular: Superficie de construcción de 45.01 hasta 60 metros cuadrados, con 1 baño, cocina, estancia, comedor, de 1 a 2 recámaras y 1 cajón de estacionamiento.

Vivienda Tradicional: Superficie construida de 60.01 hasta 75 metros, con 1 y 1/2 baños, cocina, estancia-comedor, de 2 a 3 recámaras, 1 cajón de estacionamiento.

En lo demás, a los fraccionamientos y desarrolladores de vivienda económica les reduce la tarifa de conexión al servicio de agua de 8 mil 294 pesos a 7 mil 985 pesos, más 40 % por drenaje y saneamiento, además de exentarlos del pago de la inspección normativa de las obras.

Pero a los desarrolladores de vivienda popular y tradicional les sube la tarifa de conexión de agua a 9 mil 933 pesos y 11 mil 493 pesos, respectivamente, más el 40 % de drenaje y saneamiento, aunque tambien lo exenta sólo del pago de la inspección normativa de las obras.

En cambio, los desarrolladores de vivienda distinta a las anteriores, es decir, residenciales y de lujo, además de los derechos de conexión pagarán 3 % sobre el costo de la inversión de la infraestructura hidráulica y sanitaria por inspección normativa de obras a la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA).

Por lo anterior, la Cuarta Transformación no cumplirá al pueblo de Quintana Roo el compromiso de frenar el alza constante e imparable de las tarifas de agua potable y drenaje al menos en las casas, y tampoco cumplirá con revertir la reducción de los terrenos autorizados para vivienda social, sino que hasta podrá reducirlos más.

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