
CHETUMAL.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) ordenó a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena revisar nuevamente diversas denuncias contra el senador Eugenio Segura Vázquez y la gobernadora Mara Lezama Espinosa, luego de determinar que el órgano partidista no justificó adecuadamente su decisión de rechazarlas.
Durante una sesión del Pleno, las magistraturas resolvieron los juicios electorales JE/048/2026 y JE/051/2026, promovidos por Erikc Sánchez Córdova, y revocaron los acuerdos mediante los cuales la comisión interna de Morena había desechado las quejas bajo el argumento de que coincidían con otros procedimientos en trámite.
Uno de los expedientes comprende 14 denuncias contra Eugenio Segura Vázquez por presuntas acciones de posicionamiento político mediante publicidad, encuestas, publicaciones, eventos públicos y pintas de bardas.
El segundo procedimiento involucra tanto al senador como a la gobernadora Mara Lezama Espinosa, por su participación y la difusión del encuentro denominado Freedom 250, celebrado en Cancún.
El Tribunal consideró que la instancia partidista no realizó una justificación suficiente para determinar que los hechos denunciados ya estaban comprendidos en otros expedientes.
Por ello, ordenó a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia comparar los acontecimientos señalados en las quejas con aquellos que forman parte de los procedimientos presuntamente coincidentes, a fin de emitir nuevas determinaciones debidamente fundamentadas y motivadas.
El órgano de Morena dispondrá de cinco días hábiles, contados a partir de la notificación de cada sentencia, para cumplir con lo ordenado. También deberá pronunciarse, cuando corresponda, sobre las medidas cautelares solicitadas por los denunciantes.
Las magistraturas aclararon que la revocación de los acuerdos no implica que las conductas atribuidas a Segura Vázquez o a Lezama Espinosa constituyan infracciones electorales, ni obliga a admitir automáticamente las denuncias. La resolución únicamente exige que las decisiones partidistas cuenten con una justificación jurídica suficiente.
En la misma sesión, el Teqroo resolvió el juicio electoral JE/036/2026 y revocó un acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), relacionado con un presunto incumplimiento de medidas cautelares.
El Tribunal determinó que la autoridad administrativa había utilizado una vía procesal sin justificar debidamente su procedencia, por lo que ordenó registrar el escrito como un Procedimiento Ordinario Sancionador y continuar su tramitación conforme a las disposiciones aplicables.
Asimismo, instruyó conservar las diligencias de investigación y los elementos recabados, para evitar que las actuaciones realizadas se pierdan al corregir el procedimiento.
Por otra parte, las magistraturas determinaron el sobreseimiento de los expedientes JDC/033/2026, JE/025/2026 y JDC/032/2026, relacionados con acuerdos sobre medidas cautelares emitidos por la Comisión de Quejas y Denuncias del Ieqroo.
En estos tres casos, el Tribunal concluyó que las controversias habían quedado sin materia debido a un cambio en su situación jurídica, después de que el Consejo General del instituto electoral emitiera las resoluciones de fondo correspondientes.
En consecuencia, consideró innecesario pronunciarse nuevamente sobre la legalidad de las medidas cautelares, debido a que una decisión adicional ya no produciría efectos jurídicos útiles.
Con estas resoluciones, el Teqroo ordenó corregir las actuaciones de los órganos partidistas y electorales en los asuntos que continúan pendientes, mientras que otros tres procedimientos fueron cerrados por haber perdido su materia de análisis.