CIUDAD DE MÉXICO.- Muchas empresas aplican medidas abusivas en contra de los trabajadores ante el impacto del Covid-19. Sin embargo, las leyes protegen la economía de todos los trabajadores.
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) señaló que el Covid-19 no es justificante para que los patrones no den u otorguen menos aguinaldo a sus empleados.
“El aguinaldo es un derecho de las y los trabajadores establecido en La Ley Federal del Trabajo en su Artículo 87”, destacó la dependencia.
Todas las personas trabajadoras tienen derecho a recibir, cada año, un aguinaldo que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, como mínimo.
La Ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma. En caso de incumplimiento, de manera completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa.
El abogado especialista en temas laborales, Armando Reyes, aconsejó levantar una queja ante la Profedet en caso de no recibir o recibir menos aguinaldo.
“De ahí le dan citatorios para que vaya y arregle el asunto el patrón, hasta tres citatorios, los citatorios duran como dos semanas, sino la Procuraduría le puede multar”
Al final si el patrón no atiende los citatorios, le puede llegar una demanda y hasta hacerle una auditoría laboral. Esto procede después del 20 de diciembre”, explicó.
Asimismo, la Profedet refirió que los trabajadores que no hayan cumplido el año de servicio, sin importar que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado.
“En este caso, el trabajador contará con un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes el pago de su aguinaldo”, detalló.
Ante cualquier duda relacionada con el pago del aguinaldo, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo ofrece los servicios de orientación, asesoría, conciliación y representación jurídica con la finalidad de realizar las acciones ordinarias y extraordinarias necesarias ante las autoridades del trabajo.
En la República Mexicana brinda sus servicios gratuitos en cualquiera de sus 47 representaciones o en los números telefónicos 800 911 7877; 800 717 2942 y 5559 98 2000, extensiones 44740 y 44741, además del correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx
Fuente: Dinero en Imagen