Impugna la CNDH Ley de Expropiación de Quintana Roo ante la SCJN

CANCÚN.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó una demanda de acción de inconstitucionalidad, con la que busca que la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalide algunos puntos de la Ley de Expropiación, Ocupación Temporal y Limitación de Dominio del Estado de Quintana Roo, que, a consideración del órgano, vulneran el derecho a la propiedad privada, pues también las causales de utilidad pública son imprecisas.

Esta es la segunda acción de este tipo que la CNDH interpone en 2025 contra leyes estatales.

El 17 de febrero, la CNDH presentó la demanda ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), identificada con el expediente 31/2025 y firmada por la ombudsperson María del Rosario Piedra Ibarra.

La acción cuestiona ocho de las 25 causales de utilidad pública establecidas en la ley, argumentando que son ambiguas y podrían permitir expropiaciones discrecionales y arbitrarias.

Según la CNDH, estas disposiciones vulneran la Constitución Política de México, en sus artículos 14, 16 y 27, así como diversos preceptos de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, de obligatorio cumplimiento para Quintana Roo.

Uno de los aspectos más cuestionados es la fracción XXV del artículo 11, que establece como causa de utilidad pública la “promoción de inversiones privadas”.

La CNDH advierte que esta disposición podría permitir expropiar propiedades particulares para beneficiar a empresarios, desvirtuando el propósito de las expropiaciones, que deberían atender el interés general y no el lucro privado.

También impugna:

  • Fracción XI: Expropiaciones por “preservación, embellecimiento o saneamiento de lugares de belleza panorámica”, considerada vaga y susceptible de uso discrecional.
  • Fracción II: Justificación de expropiaciones para la “ampliación y saneamiento de poblaciones” sin criterios claros.
  • Fracción III: Expropiaciones para obras de agua potable y drenaje, lo que la CNDH considera innecesario.
  • Fracciones V y VIII: Medidas de prevención de contaminación y protección ambiental que, según la comisión, no requieren expropiaciones.
  • Fracción XV: Permite expropiaciones para “fortalecer las expropiaciones del Poder Ejecutivo Federal”, sin definir claramente su objetivo.

La CNDH también señala que la ley permite expropiaciones “urgentes” sin derecho de audiencia, lo que considera una vulneración al debido proceso.

Ante estos señalamientos, el organismo defensor de los derechos humanos advierte que la Ley de Expropiación de Quintana Roo podría generar incertidumbre jurídica y otorgar a las autoridades facultades discrecionales que atenten contra el patrimonio de los ciudadanos.

En su demanda, la CNDH solicita a la SCJN la anulación parcial de los artículos impugnados, con el objetivo de garantizar la protección del patrimonio y la seguridad jurídica de los habitantes de Quintana Roo.

Fuente: 24Horas

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