Rechaza Tribunal Electoral anular elección de ministros de la Corte por uso de acordeones

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CIUDAD DE MÉXICO.- Por mayoría, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) votó en contra de anular la elección de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por la presencia de “acordeones” durante la jornada electoral.

La presidenta del tribunal, Mónica Soto Fregoso, consideró que los expedientes jurídicos presentados por el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón “son insuficientes para invalidar una elección. Un tribunal debe analizar los hechos de los actos públicos celebrados, buscando la prevalencia del orden jurídico, no el caos”.

Aunque el magistrado ponente le extendió “el acordeón ganador” –como dijo-, de entre los 3 mil 188 formatos que se detectaron, aquel que venía dobladito y a color, la presidenta del tribunal consideró que no son prueba suficiente para acreditar que las personas no votaron libremente en la jornada electoral.

“Estos acordeones están nuevos, están perfectamente doblados, empaquetados. No sé de cuánto sea cada paquete que tiene ligar. Yo no le vi ningún rasgo de ser usado, entonces cómo demuestro que ese acordeón violentó los derechos constitucionales”.

Consideró que asumir que el electorado se dejó llevar por una guía es una actitud “retrógrada”.

El magistrado Felipe Fuentes Barrera coincidió en que el proyecto no daba cuenta de quién, cuándo y dónde se usaron por lo que su valor era “limitado” y es una “acumulación de conjeturas”.

En su defensa Reyes Rodríguez insistió en que hay varias acciones que determinan un actuar sistematizado, incluso la existencia de “casillas zapato” donde todos los votos fueron para una candidatura.

“Validar este proceso equivaldría a normalizar lo que democráticamente debe ser considerado inaceptable.

“Es ilegal, no importa quién los haya hecho (los acordeones). El gobierno, partidos. Los pudieron haber hecho extraterrestres”.

La magistrada Janine Otálora respaldó: “Más personas votaban, más crecían los votos para las mismas nueve candidaturas ganadoras. Cuando la experiencia dicta que a mayor votación, mayor diversidad de opiniones, en esta elección sucedió lo contrario”.

En su proyecto, el magistrado Rodríguez Mondragón argumentó causa de nulidad por la existencia de financiamiento público o prohibido y violaciones a los preceptos constitucionales en materia electoral.

La resolución consideraba “haberse acreditado la existencia de una estrategia ilícita, coordinada, sistemática y generalizada de distribución de guías de votación (‘acordeones’) que constituyó propaganda electoral prohibida, tuvo el propósito de influir en el voto de la ciudadanía y fue determinante para los resultados electorales”.

Además de la operación sistemática, el proyecto refiere la existencia de recursos ilícitos para promover los acordeones, lo que implica un “impacto grave” y determinante de manera cuantitativa y cualitativa para influir en los resultados de la elección.

Establece que hay “indicios fuertes” de la participación del partido político Morena en la distribución de estos.

Detalló la existencia de 153 medios de impugnación que refirieron el uso en 23 entidades, la mayoría gobernadas por Morena. Ciudad de México, Nuevo León, Estado de México, Puebla, Chihuahua, Jalisco, Guanajuato, Michoacán, Morelos y Quintana Roo fueron los estados donde más se identificó la práctica.

Además, hay evidencia sobre páginas de internet y plataformas digitales instaladas para la distribución masiva de acordeones.

“Incluso, contenían datos de identificación territorial que requerían un conocimiento electoral especializado, lo cual demuestra que el fenómeno formó parte de una operación estructural, premeditada e intencional realizada por agentes ajenos a la ciudadanía en lo individual y las candidaturas con el fin de influir en el voto de las personas”.

Fuente: El Financiero

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