Senado aprueba nueva Ley de Bienestar Animal con multas de hasta 234 mil pesos

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CIUDAD DE MÉXICO.- El Senado de la República aprobó con 115 votos a favor y uno en contra la nueva Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, que establece un marco nacional para prevenir el maltrato, la crueldad y el abandono, además de crear registros para animales de compañía y personas infractoras. El proyecto fue turnado a la Cámara de Diputados para continuar su proceso legislativo.

El senador de Morena Adán Augusto López Hernández emitió el único voto en contra durante la aprobación en lo general y de los artículos no reservados. El tablero registró 115 votos favorables, uno en contra y ninguna abstención.

La legislación reconoce a los animales como seres sintientes y sujetos de cuidado e incorpora cinco ámbitos para determinar su bienestar: nutrición, ambiente, salud, comportamiento y estado mental. También distribuye responsabilidades entre la Federación, los estados y los municipios.

Entre sus disposiciones se establece la coordinación de las 32 entidades federativas para realizar acciones contra las peleas de perros, además de reglas aplicables a diferentes actividades y espectáculos con animales.

El ordenamiento prohíbe diversas prácticas consideradas maltrato o crueldad, entre ellas golpear a los animales para arrearlos, utilizar instrumentos punzocortantes o sustancias corrosivas, arrastrarlos por la cabeza, cuello, orejas, extremidades, pelaje o plumaje, así como mantenerlos hacinados en condiciones que limiten su movilidad, descanso o acceso a alimento, agua y refugio.

También quedan contempladas prohibiciones para transportarlos en jaulas o contenedores que puedan causarles lesiones o asfixia, suspenderlos de partes del cuerpo o abandonarlos dentro de vehículos cuando las condiciones representen un riesgo para su bienestar.

La nueva legislación establece además la obligación de reparar el daño ocasionado a animales víctimas de maltrato, lo que puede incluir gastos de atención médica y rehabilitación para recuperar su bienestar.

En materia de espectáculos y actividades públicas, se mantiene la prohibición del uso de ejemplares de fauna silvestre en circos y se establecen restricciones para utilizar animales vivos con fines de propaganda política o comercial, como premios en sorteos, concursos, rifas y actividades similares.

La ley también prohíbe organizar o provocar peleas de perros, utilizar animales en protestas, marchas, plantones o manifestaciones, con excepciones para aquellos empleados por autoridades en tareas de seguridad, búsqueda, rescate, detección, control o vigilancia, así como su utilización en concursos de televisión.

Respecto de las corridas de toros, la legislación no establece una prohibición nacional absoluta, sino que mantiene facultades en las entidades para regular su realización y las modalidades permitidas.

Las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) podrán imponer sanciones administrativas por conductas de crueldad animal, entre ellas arrestos de hasta 36 horas y multas que pueden alcanzar los 234 mil 620 pesos.

Otro de los principales cambios es la creación de un Registro Nacional de Animales de Compañía y un padrón de personas infractoras. También se contemplan mecanismos de información sobre criaderos, albergues, refugios y rescatistas.

El proyecto consta de 125 artículos distribuidos en seis títulos y reforma además disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, la Ley General de Vida Silvestre, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General de Protección Civil y la Ley Federal de Cine y el Audiovisual.

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