
CHETUMAL.- La designación de Eugenio “Gino” Segura como coordinador estatal de Defensa de la Transformación y la Soberanía Nacional de Morena dejó sin materia seis juicios electorales relacionados con medidas cautelares solicitadas durante el proceso interno del partido en Quintana Roo.
El pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) determinó sobreseer los juicios electorales 55, 61, 62, 63, 64 y 65, al considerar que las medidas cautelares reclamadas perdieron su finalidad preventiva después de que el proceso interno avanzó a la designación realizada el pasado 15 de septiembre.
El Juicio Electoral 55 fue promovido por Anahí González Hernández contra la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), mientras que los expedientes 61, 62, 63, 64 y 65 corresponden a impugnaciones presentadas por Erikc Sánchez Córdova en asuntos vinculados con determinaciones de instancias de Morena.
De acuerdo con los proyectos sometidos al pleno, las medidas cautelares tienen una naturaleza temporal y preventiva, debido a que su propósito es evitar que determinadas conductas produzcan efectos mientras subsiste la situación jurídica que se pretende proteger.
En estos casos, el Teqroo consideró que esa finalidad dejó de existir una vez concluida la etapa correspondiente del proceso interno y realizada la designación de Gino Segura como coordinador estatal.
Por esa razón, el Tribunal determinó que ya no existía un efecto práctico que pudiera alcanzarse mediante las medidas cautelares reclamadas y, en consecuencia, resolvió sobreseer los seis juicios.
La resolución no significa que el Tribunal haya determinado si ocurrieron o no las conductas originalmente denunciadas, ni establece alguna responsabilidad de las personas involucradas.
El sobreseimiento se limita a las controversias relacionadas con las medidas cautelares y obedece a que, tras la designación del coordinador estatal, éstas perdieron la materia sobre la cual podían producir efectos preventivos.
Durante la misma sesión, el Teqroo resolvió otro expediente relacionado con el proceso interno de Morena. En el Juicio Electoral 53/2026, promovido por Erikc Sánchez Córdova, los magistrados revocaron el acuerdo mediante el cual la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena había desechado una queja al considerarla frívola.
El Tribunal concluyó que la instancia partidista utilizó para declarar la improcedencia argumentos y valoraciones que correspondían al análisis de fondo de la controversia.
De acuerdo con la resolución, la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia debía limitarse en esa etapa a realizar un análisis preliminar para establecer si resultaba evidente la frivolidad de la queja, sin entrar a valorar cuestiones que debían estudiarse posteriormente al resolver el fondo del asunto.
Con ello, mientras seis controversias sobre medidas cautelares quedaron sin materia por el avance del proceso interno, el Teqroo revocó el desechamiento de la queja correspondiente al expediente 53/2026.