
PLAYA DEL CARMEN.- Calizas Industriales del Carmen (Calica), actualmente Sac Tun, perdió un juicio contra la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) relacionado con una concesión de Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat), cuyo conflicto se remonta a 2017, antes de las posteriores clausuras de su mina a cielo abierto.
El Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) resolvió por unanimidad reconocer la validez de la resolución impugnada por la empresa, al determinar que ésta “no acreditó los extremos de su pretensión”.
La controversia comenzó en febrero de 2017, cuando Calica, mediante un representante legal, solicitó una prórroga de su concesión sobre superficie de Zona Federal Marítimo Terrestre. La petición fue negada en junio de ese mismo año, lo que dio origen a un procedimiento legal que continuó durante varios años.
El caso tuvo un nuevo giro en 2024, cuando el procedimiento concluyó después de que un representante de la empresa presentó un desistimiento.
Calica rechazó posteriormente la validez de esa actuación y sostuvo que nunca había instruido a persona alguna para desistirse del procedimiento. La compañía argumentó que quien realizó el trámite carecía de facultades suficientes para tomar esa decisión en su representación.
Ante ello, promovió un juicio de nulidad contra la resolución y alegó que la Semarnat no verificó adecuadamente la personalidad jurídica del representante. También sostuvo que la actuación de la autoridad vulneró los principios de legalidad y debido proceso.
La dependencia federal defendió la legalidad de su actuación y afirmó que el representante de Calica sí contaba con las facultades necesarias para ejercer derechos y acciones a nombre de la empresa.
Al analizar el caso, el Tribunal determinó que el poder notarial otorgado al representante incluía facultades generales y especiales para realizar actuaciones ante autoridades administrativas.
Además, señaló que la personalidad jurídica de esa misma persona había sido reconocida previamente dentro de otro juicio de nulidad relacionado con la concesión.
A partir de estos elementos, el TFJA concluyó que la Semarnat no estaba obligada a exigir una ratificación adicional del desistimiento, debido a que la legislación aplicable no establece ese requisito para este supuesto.
El Pleno Jurisdiccional resolvió finalmente que Calica no acreditó los argumentos de su demanda y confirmó la validez de la resolución del 7 de febrero de 2024.
Como consecuencia, se mantiene la extinción de la concesión por vencimiento de su plazo y la empresa deberá desocupar la superficie de Zona Federal Marítimo Terrestre involucrada en el procedimiento.
El litigio quedó registrado bajo el expediente 355/24-EAR-01-5 y corresponde a una controversia iniciada años antes de los posteriores conflictos entre Calica y el Gobierno federal por la explotación de piedra caliza en Playa del Carmen.